Reglas de Inmunización

Las siguientes reglas de inmunización son válidas para el año escolar 2007-2008.

Requisitos de inmunización escolares 2007-2008 (Enlace a la versión bilingüe)

 

La ley estatal y la política del distrito escolar requieren documentación apropiada de las siguientes inmunizaciones para todos los estudiantes en las escuelas primarias o secundarias del estado de Texas, sin importar la edad o el programa.

 

La documentación de las inmunizaciones debe incluir día, mes y año. Serán contadas como válidas las dosis de vacunas administradas menos que o igual a cuatro (4) días antes del intervalo mínimo o de edad.

 

Difteria/tétano/tos ferina

Se requiere que los estudiantes de 14 meses y menores tengan tres dosis de la vacuna DTP/DTaP. Se requiere que los estudiantes de 15 meses a 4 años tengan cuatro dosis.

Se requiere que los estudiantes que ingresan al kinder tengan cinco dosis de vacuna que contenga difteria, tétano y tos ferina, una de las cuales debe recibirse en o después del cuarto cumpleaños. O, si la cuarta dosis fue administrada en o después del cuarto cumpleaños, se requieren únicamente cuatro dosis. Se requiere que los estudiantes de siete años y mayores tengan por lo menos tres dosis de vacuna que contenga tétano y difteria, siempre que por lo menos una dosis fuera administrada en o después del cuarto cumpleaños. Cualquier combinación de la dosis de vacuna que contenga tétano y difteria satisfacerá los requisitos

Los niños matriculados en la escuela (de kinder hasta el grado 12) antes del 1ro de agosto de 2004 y que recibieron una dosis de refuerzo de la vacuna DTaP en el mes de calendario o previo a su cuarto cumpleaños, será considerado cumplimiento con las series de DTaP.

Una dosis de vacuna que contenga tétano y difteria es requerida dentro de los últimos diez años. Esto también aplica para las estudiantes embarazadas.

 

Polio

Se requiere que los estudiantes de 4 años y mayores muestren prueba de cuatro dosis de la vacuna de polio una de las cuales debe ser recibida en o después del cuarto cumpleaños. O, si la tercera dosis fue administrada en o después del cuarto cumpleaños, se requieren únicamente tres dosis. Si cualquier combinación de cuatro dosis de OPV e IPV fue recibida antes de los cuatro años de edad, no se requiere dosis adicional.

Los niños matriculados en la escuela (de kinder hasta el grado 12) antes del 1ro de agosto de 2004 y que recibieron una dosis de refuerzo de la vacuna de polio en el mes de calendario o previo a su cuarto cumpleaños, será considerado cumplimiento con las series de polio.

La vacuna de polio no es requerida para los estudiantes de 18 años de edad o mayores.

 

Sarampión

Se requiere que todos los estudiantes de 4 años y mayores muestren prueba de dos dosis de vacuna que contenga sarampión. La primera dosis deberá ser administrada en o después del primer cumpleaños. Las dos dosis de vacuna de sarampión deben ser administradas por lo menos con 28 días de diferencia. En lugar de la vacuna, se acepta una confirmación serológica de inmunidad al sarampión. La evidencia de la enfermedad de sarampión debe consistir de un reporte de laboratorio que indique ya sea la confirmación de inmunidad o la infección.

 

Paperas

Se requiere que todos los estudiantes menores de 17 años de edad reciban una dosis de vacuna en o después del primer cumpleaños o una confirmación serológica de inmunidad a las paperas o una evidencia serológica de la infección.

 

Rubéola

Se requiere que todos los estudiantes reciban una dosis de vacuna en o después del primer cumpleaños o una confirmación serológica de inmunidad a la rubéola o evidencia serológica de la infección.

 

Vacuna Haemophilus Influenzae tipo B (Hib)

Se requiere que todos los estudiantes de 15 meses a 4 años de edad reciban una dosis de la vacuna Hib en o después de los 15 meses de edad, a menos que una serie primaria y un refuerzo (un total de cuatro dosis) haya sido completada previa a o a los 15 meses de edad.

 

Hepatitis B

Se requiere que todos los estudiantes muestren prueba de tres dosis de la vacuna de hepatitis B. En lugar de la vacuna, se acepta una prueba serológica de la confirmación de la inmunidad a la hepatitis B. La evidencia debe consistir en un reporte de laboratorio que indique ya sea confirmación de inmunidad o de infección.

 

Varicela

Se requiere que todos los estudiantes muestren prueba de una dosis de la vacuna de varicela recibida en o después del primer cumpleaños. Se requieren dos dosis si el niño /a tenía 13 años de edad o era mayor cuando recibió la primera dosis de la vacuna de varicela. En lugar de la vacuna, se acepta la historia validada por un padre o un doctor de la enfermedad de varicela o de inmunidad a la varicela.

 

Vacuna Neumocócica Conjugada (PCV 7)

Se requiere que todos los estudiantes menores de cinco años de edad tengan por lo menos una dosis de la vacuna neumocócica en o después de los 12 meses de edad.

 

Hepatitis A

Se requiere que todos los estudiantes menores de cinco años tengan dos dosis de la vacuna de hepatitis A con diferencia de por lo menos 6 a 18 meses.

 

PRUEBA DE INMUNIZACIONES

La prueba de inmunizaciones consistirá de la tarjeta de vacunación personal expedida por parte de un médico con licencia o de una clínica de salud pública con la firma o con el sello para su validación de cualquiera de los anteriores.

 

INCUMPLIMIENTO A LOS REQUISITOS DE INMUNIZACIÓN

El director suspenderá al estudiante por incumplimiento de la asistencia escolar, pero no lo dará de baja. Este tipo de ausencias no tienen excusa y violan las leyes de asistencia obligatoria.

 

MATRICULACIÓN DE NUEVOS ESTUDIANTES (Consulte INCUMPLIMIENTO, citado arriba)

Un estudiante que no haya sido matriculado previamente en una escuela y/o en un distrito del estado de Texas debe obtener inmunizaciones –al grado que médicamente sea posible- antes de que él/ella sea elegible para asistir a clases. Después de esto, deben ser completadas las inmunizaciones adicionales tan pronto como médicamente sea posible.

A un estudiante transferido de otra escuela y/o distrito en el estado de Texas se le permitirá asistir a clases hasta que se reciba el historial de inmunizaciones. Un período de gracia de no más de treinta (30) días de calendario se le permitirán a la escuela para recibir tal historial. Se permitirá una semana (7 días de calendario) para poner al corriente el historial de inmunizaciones incompletas recibido durante este período de 30 días.

 

EXCEPCIONES DE CUMPLIMIENTO

Sobre recibo de un certificado o de una declaración jurada como lo especifica la ley del estado, las excepciones del cumplimiento se pueden permitir sobre una base individual.

Razones médicas: El estudiante debe presentar una declaración firmada por el médico que lo ha examinado (M.D. o D.O.) debidamente registrado y con licencia para practicar medicina en los Estados Unidos, en el cual se establezca que, en la opinión del médico, la vacuna requerida tiene un efecto contraindicado médicamente o representa un riesgo significante en la salud y el bienestar del estudiante o cualquier miembro de la familia del estudiante. La declaración del médico debe identificar la vacuna(s) específica y las razones por las que podría representar un riesgo significante para el estudiante o cualquier miembro de la familia del estudiante. A menos que sea escrito en la declaración que existe una condición de por vida, la declaración de exención es válida solamente por un año desde la fecha en la que la firmó el médico.

Razones de conciencia, incluyendo la creencia religiosa:

Si el padre o tutor del estudiante rechaza la vacunación por razones de conciencia, incluyendo debido a las creencias religiosas de la persona, el padre o tutor debe presentar a la escuela una declaración jurada oficial notariada del Departamento de Salud de Texas pidiendo la exención de la inmunización. No se permitirán otras formas o reproducciones. Los padres o tutores deben pedir formas de declaración jurada por escrito e incluir el nombre completo del niño/a y la fecha de nacimiento. Las peticiones por escrito para declaraciones juradas deben ser presentadas a través del servicio postal de los Estados Unidos, servicio de transportación comercial, vía fax (512-458-7544) o entrega personal al Departamento de Salud de Texas, Bureau of Immunization and Pharmacy Support, 1100 West 49th Street, Austin, Texas 78756. Si el estudiante es transferido a otra escuela y espera la transferencia del expediente de inmunizaciones, incluyendo la declaración jurada oficial del Departamento de Salud de Texas de la exención de la vacunación, la política de la Agencia de Educación de Texas exige al distrito escolar que matricule provisionalmente al estudiante por no más de 30 días calendario. La declaración jurada de la exención de vacunación debe ser renovada dos años después de la fecha de notarización. Los estudiantes que no han recibido las inmunizaciones requeridas por razones de conciencia, incluyendo creencias religiosas, deben ser suspendidos de la escuela en tiempos de emergencia o de epidemia declarada por el comisionado de salud pública.